Intensidad de las ayudas
La intensidad máxima de las subvenciones e importe económico, que se podrán conceder para las distintas categorías de ayudas serán las siguientes:
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Intensidad máxima de la ayuda (%)
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Importe máximo anual de la ayuda (€) |
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PYME |
Gran Empresa |
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Categoría de la ayuda |
Pequeña |
Mediana |
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Inversión |
35 |
25 |
15 |
300.000 |
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Investigación industrial |
45 |
35 |
25 |
200.000 |
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Desarrollo industrial |
45 |
35 |
25 |
200.000 |
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Propiedad industrial |
45 |
35 |
- |
25.000 |
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Servicios de consultoría |
50 |
50 |
- |
25.000 |
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Como consecuencia del Mapa de Ayudas Regionales aprobado para España para el período 2007-2013, en la categoría de ayuda a la inversión, la intensidad se reducirá en un 15% para la ciudad de Zaragoza (20% para pequeña, 10% para mediana y 0% para gran empresa).
Por razones de economía procedimental, no se concederán ayudas que, aún cumpliendo todas las condiciones de elegibilidad, no alcancen en su cálculo un mínimo de 1.000 euros.
Ayuda de “minimis”
La concesión de una ayuda calificada como de “minimis”, conllevará el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- La ayuda total de minimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 € durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. En el caso de empresas que operen en el sector del transporte por carretera no será superior a 100.000 €.
- El periodo de tres años deberá evaluarse de tal modo que para cada nueva ayuda será necesario determinar el importe total de ayuda de minimis percibida en el ejercicio fiscal en cuestión, así como durante los dos ejercicios fiscales anteriores.
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