Destinatarios

Empresas radicadas y que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que realicen actividad industrial, así como otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma.

Requisitos

• Los beneficiarios deberán adoptar y aceptar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención.

• En su solicitud, los beneficiarios deberán comunicar al órgano instructor del procedimiento la obtención de cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso, procedente de otras Administraciones o entes del sector público, que financien la misma actuación. Asimismo, deberán comunicar este mismo extremo, de forma inmediata, en caso de acaecer en el período que va desde la solicitud hasta la justificación de la subvención concedida.

En ningún caso, el importe de las ayudas podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionable.

• Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

• El beneficiario deberá destinar los bienes y servicios al fin concreto para el que se concedió la subvención durante el período que venga legal o reglamentariamente establecido en virtud del tipo de ayuda, características del beneficiario, actividad y bienes y servicios objeto de la inversión.

• El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto empresarial presentado.

• Las condiciones para ser beneficiario habrán de mantenerse hasta el momento del pago de la ayuda. Cualquier variación deberá ser comunicada en el momento que se produzca.

 

 

 
 

Advertencia:
La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.